Ya se puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital

ingreso minimo vital

Desde este lunes se puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital, una ayuda aprobada por el Gobierno para ayudar a aquellas familias en situación de "pobreza extrema" y contribuir a que puedan vivir dignamente. Una ayuda que se estima llegará a 850.000 hogares de todo el país.

Te respondemos algunas de las preguntas sobre en qué consiste esta ayuda:

¿En qué consiste esta ayuda social?

  • El IMV es una prestación no contributiva que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos.
  • El acceso al IMV es compatible con otros ingresos mientras no se supere el umbral establecido, incluidos los laborales y con otras ayudas sociales como becas, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia, y otras similares.
  • El IMV dependerá exclusivamente del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite.

¿Cuál será la cantidad percibida?

  • El IMV garantiza una renta mensual de 462 € para una persona  que viva sola, con un incremento de 139€  por cada persona de la unidad de convivencia adulta o menor, hasta un máximo de 1.015 € al mes
  • Para los hogares monoparentales o monomarentales se establece un complemento de 100€ por cada menor
  • La Seguridad Social concederá de oficio el IMV a las familias beneficiarias de la asignación económica por menor a cargo siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la Ley.

¿Cuáles son los requisitos básicos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital?

  • Tener entre 23 y 65 años, o 18 años si hay menores a cargo.
  • Cumplir un año de residencia legal en España.
  • Haber vivido independientemente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
  • En el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 año antes de la solicitud.
  • Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
  • Estar inscritas como demandantes de empleo.

¿Cómo se puede solicitar?

  • En la Seguridad Social a través de los canales establecidos:

Correo ordinario

Vía online www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/I

Presencial con cita previa en un centro de atención de la Seguridad Social

 

Además, el Gobierno ha habilitado este simulador a través del que se puede comprobar si cumples los requisitos para recibir esta prestación y saber el importe aproximado que te correspondería.

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